El anatocismo bancario.

El anatocismo consiste en acumular al capital de un préstamo los intereses vencidos y no satisfechos, para que estos a su vez generen nuevos intereses, bien por demora o moratorios En resumen, nos estamos refiriendo a “los intereses de los intereses”.

El anatocismo se puede aplicar desde la vía civil o mercantil. Por la vía civil estos intereses se aplican sin ser pactados, se inician tras la reclamación judicial, salvo pacto en contrario, y por la vía mercantil, los intereses vencidos y no atendidos no generan interés ninguno. Salvo pacto entre las partes.

El anatocismo viene regulado en el artículo 1109 del Código Civil:

Los intereses vencidos devengan el interés legal desde que son judicialmente reclamados, aunque la obligación haya guardado silencio sobre este punto. En los negocios comerciales se estará a lo que dispone el Código de Comercio. Los Montes de Piedad y Cajas de Ahorro se regirán por sus reglamentos especiales”

Además, en los negocios comerciales se estará a lo que dispone el artículo 317 del Código de Comercio.

“Los intereses vencidos y no pagados no devengarán intereses. Los contratantes podrán, sin embargo, capitalizar los intereses líquidos y no satisfechos, que, como aumento de capital devengarán nuevos réditos”.

El Juzgado de Primera Instancia número 25 Bis de Valencia ha declarado nulo el sistema de amortización de una hipoteca concedida por una entidad bancaria que incurría en anatocismo. En la resolución, el juez alude a la sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia (Sección Novena) 16/2019, de 9 de enero, que señala que “identificada la cláusula controvertida y las que fueron consecuencias de su operatividad, y admitido válido el anatocismo siempre que hubiera sido objeto de pacto expreso en un contrato de préstamo, artículos 1109 del Código Civil y el 317 del Código de Comercio, para su estudio y evaluación, debemos partir, previamente, de los razonamientos que la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y el Tribunal Supremo español han realizado sobre los llamados controles de incorporación y de transparencia

En conclusión, para que el pacto de anatocismo sea válido, si el prestatario es consumidor, debe superar el control de transparencia y abusividad al que se someten los contratos de préstamo.

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