La negligencia médica.

La negligencia médica, es un acto no realizado correctamente por parte del personal sanitario que se desvía del protocolo médico causando una lesión al paciente. El daño se produce por no haber actuado con la cautela necesaria que la intervención requiere, no haber aplicado las normas técnicas apropiadas que requiere el caso concreto. La impericia y la imprudencia médica suponen una vulneración de la lex artis ad hoc o reglas de oficio.

En caso de presentar una reclamación hay que ponderar los siguientes puntos:

  • El profesional médico debe asumir el cuidado y tratamiento del paciente.
  • El profesional incumplió el deber de diligencia debida conforme a los estándares médicos.
  • Este incumplimiento provocó un daño al paciente.

La negligencia médica se produce cuando se provoca un daño al paciente, por no haber obrado el personal sanitario conforme a las reglas de oficio, ocasionando un daño físico o moral al paciente a consecuencia de la imprudencia o negligencia cometida que se aleja del deber de preservar y restablecer la salud del paciente tratado que tiene el medico confiado. Debe existir un nexo causal o relación causa efecto entre la actuación del personal sanitario y el daño provocado al paciente. Estos elementos deben concurrir para que pueda demostrarse la mala praxis que debe ser avalado por un perito médico.

En caso de demostrarse la negligencia médica otorga al paciente un derecho de percibir una indemnización, por vía civil por lesiones y daños morales frente a compañías aseguradoras y centros médicos privados, penal en casos más graves buscando la inhabilitación del facultativo o patrimonial por negligencias sucedidas en centros públicos.

Las situaciones mas frecuentes que incurren en negligencia médica son, por ejemplo, cuando se hace una exploración y el sanitario descarte patologías a su criterio propio, o realice exploraciones incorrectas. Cabe el caso cuando haya un error de diagnóstico y agrave la sintomatología del paciente o, también el sanitario incurra en un error de tratamiento.

La acción de reclamación por negligencia médica tiene un plazo de prescripción de un año, por lo que es conveniente actuar a la mayor premura, con objeto de evitar la prescripción una vez comenzadas las actuaciones judiciales.

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